Vías pecuarias del término municipal de Córdoba

En particular merecen especial atención las vías pecuarias que atraviesan nuestro término municipal, que en la actualidad conforman un legado histórico de interés capital, único en Europa y de dominio público.

Es indudable la importancia económica y social que durante siglos revistió la trashumancia, a su amparo se fortalecieron agrupaciones pastoriles como el Honrado Concejo de La Mesta, creado por el rey Alfonso X en el año 1273. El ganado de este Concejo utilizó las cañadas reales y otras vías pecuarias para sus desplazamientos y pastos a lo largo de nuestra geografía. Con la abolición de la Mesta en la Edad Contemporánea (1836) y con la desamortización comunal (1855) se produce un drástico desuso de estas vías pecuarias cuya infraestructura soporta en la actualidad un intrusismo creciente (¿os suena?). Este desuso no implica, que en nuestros días aún subsista la trashumancia a pie, en coexistencia con desplazamientos más cortos ( entre provincias ) o comarcas colindantes (trasterminancia), ya entre pastos y rastrojeras de un mismo término municipal.

Así pues, la red de vías pecuarias sigue prestando un servicio a la cabaña ganadera nacional. También han de ser consideradas las vías pecuarias como auténticos corredores ecológicos, esenciales para la migración, la distribución geográfica y el intercambio genético de las especies silvestres.

Atendiendo a una demanda social creciente, las vías pecuarias pueden constituir un instrumento favorecedor del contacto del hombre con la naturaleza y de la ordenación del espacio medioambiental, por ello, la actual Ley de Vías Pecuarias 3/1995, garantiza el uso público de las mismas y como novedad define unos usos compatibles y complementarios, siempre en relación con el tránsito ganadero. El art.17 Título II de dicha ley dice en su apartado 1º: "se consideran usos compatibles de las vías pecuarias el paseo, la práctica del senderismo, la cabalgada y otras formas de desplazamiento deportivo sobre vehículos no motorizados (nuestras bicicletas) siempre que respeten la prioridad del tránsito ganadero". Dicho esto, queda bien "clarito" el privilegio del que disfrutamos los "montanbikeros" y la obligación por conservar indemnes nuestras vías pecuarias.